Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: Despido. Relación laboral o arrendamiento de servicios. Falta de contradicción.
Resumen: INTERNATIONAL REGULAR BUS CASTRO S.L. Vulneración de derecho fundamental. Garantía de indemnidad. Derecho a indemnización por daños y perjuicios.
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar si el gasto ocasionado por la asistencia de diagnosis y seguimiento, prestada por el servicio público de salud a un beneficiario de MUFACE -en caso de contacto estrecho de personas infectadas con Covid-19 o sospechoso de haber contraído la enfermedad-, debe ser soportado por el propio sistema público sanitario, por constituir una excepción a los servicios sanitarios que se deben proveer por la mutualidad, o si, por el contrario, cabe reclamar a la compañía aseguradora que colabora, por medio de concierto, con la mencionada mutualidad, el gasto generado por la asistencia.
Resumen: DERECHO O NO AL PERCIBO DE LA PRESTACIÓN POR IT EN LOS 180 DÍAS SIGUIENTES AL ALTA MÉDICA. REQUISITO DE ALTA O ASIMILACIÓN AL ALTA. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si cuando se dispensa un fármaco no aportándose la documentación exigida (recetas), o aportándola, esta sea inadecuada, o si el acto de dispensación no se registra por la farmacia debidamente, tal actuación es un acto de dispensación sujeto al régimen sancionador de la normativa estatal sobre medicamentos, resultando de aplica por infracción de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, o por el contrario, es un acto sujeto al régimen sancionador de la normativa autonómica sobre ordenación farmacéutica; y, en caso de que se considere aplicable el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios se determine si el plazo de caducidad del procedimiento sancionador corresponde al plazo de tres meses del artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o al plazo que prevea la normativa autonómica para ese tipo de procedimientos. y si la infracción grave prevista en el artículo 111.2 b) 8ª del RD legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos permite sancionar al titular de la farmacia.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso que plantea la parte demandante contra la sentencia que declara concurrente causa económica justificativa de la amortización del puesto de trabajo del demandante, calificando la decisión empresarial como de despido objetivo procedente. El recurso se centra en la calificación del despido y en la reclamación de cantidad por el concepto retributivo bonus variable. En cuanto a lo primero, alega, entre otras cosas, que la actividad de la empresa ya se había reorganizado meses antes del despido del actor, habiéndose realizado un despido colectivo, también que el trabajador fue sustituido por otro empleado contratado unos meses antes, que no se hace referencia al puesto de trabajo que ocupaba el actor ni a sus concretas circunstancias, que la reducción de la facturación se consolidó en el año 2021 y tenía su origen en el año 2020, aludiendo a la declaración prestada por un testigo. Ello es rechazado por la Sala al no constar soporte fáctico de tales alegaciones en los hechos probados. Y es que la reforma de los mismos se focaliza solo en la percepción del bonus, que se rechaza al fijarse lo pagado al demandante por tal concepto en los fundamentos de derecho de la sentencia, lo que, siendo proceder irregular, puesto que ello debía constar en hechos probados, la Sala valida, sin que tampoco se alegue otro motivo en Derecho que justifique su reclamación sobre este extremo, por lo que tampoco procedería estimar el recurso.